1. INVERTIR O COMPRAR, USTED DECIDE
Miles de familias adquieren su vivienda anualmente en la Republica Dominicana. Las razones de estas adquisiciones van desde la formación de nuevas parejas, las necesidades de una casa nueva, mucho mas grande, un mejor lugar, una casa mas pequeña o una mejor y mas segura rentabilidad de su capital. A nosotros no nos importa tanto cual es la razón que usted tiene para comprar, lo que si nos interesa es que al recomendarle una inversión esta "se ajuste a sus necesidades familiares, posibilidades económicas y primordialmente, que cumpla los requerimientos de una buena inversión".
Para que usted se sienta seguro de la decisión que ha de tomar, le recomendamos responder las siguientes preguntas;
¿En que condiciones se encuentra el inmueble que le interesa comprar?
¿Esta este próximo a sus centros de interés (centros comerciales, colegios, transportación publica, trabajo, etc.)?
¿Esta habitado por su dueño, por un inquilino, desocupado o en construcción?
¿En que tiempo podría usted disponer de su vivienda?
¿A su familia, le gusta el vecindario?, conoce usted este vecindario?
¿Por que le interesa a usted, a su esposa y a sus hijos esta vivienda?
EXISTEN VARIAS FORMAS PARA ADQUIRIR UNA VIVIENDA EN LA REPUBLICA DOMINICANA.
Primera Forma: Compra en Efectivo: |
Es la forma menos común. El interesado (comprador) pacta con el propietario (vendedor), mediante un Contrato Notarial, la entrega del precio acordado y ordena la elaboración de las escrituras previa cancelación de las cargas y gravámenes, si las hubieres, así como todo tipo de arreglos a que hayan llegado y recibe su casa "libre de cargas y gravámenes", o sea sin deudas. Este paso conlleva al pago de los impuestos de transferencia y el deposito de las escrituras (los duplicados de Títulos, junto a las Actas de Desgrávameles) en las oficinas del Registrador de Títulos correspondiente, para que este proceda a realizar la transferencia oficial de la propiedad. Este método de compra es poco usual, pues la mayoría de las familias no cuentan con el dinero necesario para formalizar la compra. |
Segunda Forma: Permuta, Trueque o Cambio: |
Cosiste en cambiar algo de valor, muebles o inmuebles, por la vivienda (inmueble) que le interesa. Ej. Permutar una finca, un negocio, un carro, un solar, certificados de depósitos, acciones, bonos, pinturas, cuadros, por una casa. Este tipo de negocio se hace con frecuencia en las Agencias de Bienes Raíces, las cuales se ocupan de llenar todo tipo de tramites y papeleos |
Tercera Forma: Asumiendo las Deudas (traspaso): |
Ocurre un traspaso cuando el derecho de propiedad es transferido sin liquidar las deudas hipotecarias, las cuales asume el comprador, mediante este acto, el comprador le entrega al vendedor, la diferencia del precio de venta pactado menos la deuda y se compromete a continuar pagando el balance de la , o las, hipotecas existentes. El nuevo dueño asume las hipotecas actuales y continua pagando las mismas. En ocasiones, existen hipotecas que no son transferibles, o si lo son, pudieran estar condicionadas a cierta restricciones. Es preferible, en este caso, verificar con el banco o entidad a quien se esta pagando el préstamo si la hipoteca es trasferible o no. Dentro de esta alternativa, deben analizarse los tipos de interés de las hipotecas a asumir, pues podría darse el caso de que el interés de la hipoteca sea mayor que el prevaleciente en el mercado. De ahí la importancia de la asesora previa pues podría convenirle solicitar un nuevo financiamiento de la deuda con la finalidad de bajar la cuota mensual y discutir cláusulas mas ventajosas para usted. |
Cuarta Forma: Compra con Financiamiento: |
Mediante la obtención de un préstamo hipotecario con una Asociación de Ahorros y Prestamos, Banco hipotecario, Comercial o de Fomento, usted podría adquirir o refinanciar la propiedad deseada, ¡al interés del mercado!. Siempre que consulte a su Agente Inmobiliario el cual le recomendara la mejor oferta. También podría optar por solicitar refinanciamiento de la hipoteca actual. Este mecanismo de comprar su propiedad, con una inversión menor, consiste en cancelar el gravamen, anterior (hipoteca existente) estableciendo un nuevo préstamo. |
Quinta Forma: El Comodato: |
Otra forma de suplir la necesidad de techo, sin tener que invertir los ahorros que usted no posee, es el comodato.
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